La realidad educativa venezolana
plantea un proceso renovador, que conlleva a la interactividad y transformación
propia del participante, para obtener un aprendizaje significativo, que integre
los saberes, valores, aptitudes, actitudes, habilidades y destrezas. Así como incorporar formas de “organización de los
aprendizajes que enlazan las unidades de formación que permiten la
interdisciplinariedad y la integración de saberes” (CCAM, 2008). Esto implica una formación que
trasciende las paredes del aula, el espacio universitario, en la búsqueda de
construir conocimientos y soluciones informáticas para dar respuesta a
problemas o necesidades reales. Lo anterior plantea, concebir la universidad en
un proceso bidireccional al servicio de las comunidades a través de la
producción mediante los proyectos socio tecnológicos, en un ambiente
integrador, enriquecido y propicio para construir y convertir el conocimiento
en tecnología productiva orientado a resolver problemas concretos y reales.
El PNFI propone el desarrollo de
Proyectos Socio tecnológicos como estrategia de aprendizaje que permite la
construcción del conocimiento a partir del aprender haciendo, donde se propicia el reconocimiento en principio por el
propio participante de sus conocimientos, habilidades y destrezas, que luego
debe desarrollar a partir del Proyecto Socio tecnológico convirtiéndose en
crecimiento personal y confianza en el participante de su proceso formativo y
del rol profesional a desempeñar.
El Proyecto Socio tecnológico (PST)
etimológicamente se relaciona con la
palabra socio proveniente del latín, socius
lo cual significa grupo humano. Por su parte, tecnológico se asocia con tecnología, correspondiente a fabricar objetos,
productos o servicios y modificar el medio ambiente, lo cual genera una
combinación adecuada a la formación del participante del programa, a su
inserción y contacto con la realidad. En ese contexto es señalado por el
Diccionario de la Real Academia Española (2007).
Constituye por tanto, el PST, el
núcleo central del Programa Nacional de Formación en Informática, referido como
una unidad curricular en cada uno de los trayectos con una importante carga
crediticia. De este modo, representa un eje longitudinal-transversal que
orienta y define el resto de las demás unidades curriculares, desarrollándose
de forma incremental, aumentando su nivel de complejidad y profundidad en cada
trayecto.
En el PST, se construyen de
manera integrada, armónica y progresiva
los conocimientos a lo largo de la formación, es decir, se vinculan los
aspectos fundamentales del hacer de la informática planteada con los ejes
temáticos, hacia otros espacios socio-comunitarios. Es la oportunidad, para que
los actores, sean copartícipes en la búsqueda y solución de problemas socio tecnológicos, así como de reforzar la
formación ideológica, política y cultural para el intercambio en y con las
comunidades, conociendo y reconociendo los diferentes escenarios, actores y
roles que conducen a la construcción de productos y servicios informáticos.
Por
tanto, el desarrollo de estos proyectos le permite al participante y al
profesor-asesor convivir continuamente en la actividad investigativa, como un
proceso sistémico de aprendizaje continuo hacia la participación y la
colaboración activa de los miembros de la comunidad, en conjunción de los
saberes populares y expertos relacionados con el contexto de estudio. De este
modo, se podrá también crear un banco de problemas u oportunidades de cuya
solución informática se desarrolle a través de un PST, permitiendo entonces la formación de un
profesional con altísima disposición de
asumir retos en pro de la construcción de respuestas informáticas
contextualizadas.
Las
características del proyecto socio tecnológico obedecen y dan cumplimiento a
los principios de la Ley de Servicio Comunitario (2005), en cuanto a la
duración de 120 horas (Artículo 8), definición de comunidad (Artículo 5),
requisito de obtención de título (Artículo 6), fines (Artículo 7), atribuciones
(Artículo 15), derechos y obligaciones de los prestadores del servicio
(Artículos 17 y 18), además de regirse por los principios de solidaridad,
responsabilidad social, igualdad, cooperación, responsabilidad, participación
ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad, establecidos en el Artículo 2 de
la referida Ley.
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